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Ni los autónomos ni el efectivo son los responsables del fraude fiscal

La lucha contra el fraude tributario y contra la economía sumergida requiere un análisis multifactorial, pues ni sólo se deja de pagar un impuesto, ni los motivos por los que los ciudadanos evaden sus obligaciones tributarias son únicos


El Ministerio de Hacienda ha puesto el foco de la lucha contra el fraude fiscal en los autónomos y, especialmente en aquellos comercios que no permiten el pago digital, identificando, autónomos y efectivo con fraude fiscal. El fraude de los pobres, dicen algunos.

De pobres o de ricos, la realidad es que es difícil establecer una correlación entre fraude y utilización de efectivo, ya que algunos países en los que el empleo de medios de pago digitales es muy reducido, como puede ser Alemania, no tienen unos índices de fraude especialmente altos.

La propia OCDE reconoce que en España la economía sumergida representa el 15,8% del PIB, frente a un 14,2% en Francia, un 20,3% de Italia, un 20,93% en Grecia o un 17,3% de media en la Unión Europea.

Y es que tratar de identificar en España billetes con la evasión fiscal es tanto como reconocer que las bolsas de fraude son de corto alcance, ya que la retirada de dinero está limitada a 1.000 euros. Mientras que en la República Checa el límite es de 14.000 euros, en Bulgaria de 5.100, en Francia los residentes pueden pagar en efectivo hasta 15.000 euros, al igual que en Polonia, Croacia o Reino Unido o Eslovaquia, en Serbia y Albania el máximo es de 10.000. Y, por supuesto, en otros muchos países europeos no hay límites al pago en metálico. El máximo de retirada en efectivo en España es de 1.000 euros, tope que fue incluso cuestionado por un Informe solicitado por la propia Unión Europea el 20 de enero pasado.

La lucha contra el fraude tributario y contra la economía sumergida requiere un análisis multifactorial, pues ni sólo se deja de pagar un impuesto, ni los motivos por los que los ciudadanos evaden sus obligaciones tributarias son únicos. El Instituto de Estudios Fiscales en su momento analizó las causas del fraude y en 2013 Schneider y Buehn apuntaron algunos de los factores condicionantes de la economía sumergida, y la evidencia empírica demuestra que una bajada significativa de impuestos hace aflorar rentas que antes no tributaban. Y el ejemplo más cercano está en España, donde la recaudación por IVA aumentó en 2022 en 6.000 millones de euros, en un momento en el que las cargas fiscales derivadas de los consumos de energía y alimentos habían disminuido, pues los tipos de gravamen del IVA se habían reducido significativamente.

Por otro lado, es obvio que, aunque no se pudiera pagar en efectivo, el fraude y el delito fiscal existirían. Resulta llamativo que la Agencia Tributaria ponga el foco en los empresarios autónomos, sujetos a IVA por razón de los productos que vende, y no por su forma jurídica mercantil, cuando el propio Plan de Control Tributario 2024 centra la lucha contra el fraude en cuestiones que nada tienen que ver con billetes y monedas.

El plan anual considera que la deslocalización de la residencia fiscal de personas físicas y jurídicas y los pagos virtuales, ya sea mediante criptomonedas o a través de pagos a distancia, deben ser objeto especial de atención por parte de los inspectores. De las 31 páginas en las que se diseña en plan de control del fraude fiscal para 2024, sólo se dedican dos referencias a la identificación -de forma muy endeble-, de la economía sumergida con la utilización del cash.

La criminalización de sectores empresariales y de medios de pago no suelen surtir efectos, más allá de los puramente recaudatorios. Y, mientras los errores en los planes de inspección tienen fácil enmienda, en los planes diseñados en períodos posteriores, la limitación de las libertades y de las opciones de pago, tienen difícil solución. Y la estigmatización de ciertos sectores económicos hasta el punto de presionar para su desaparición puede llevarse por delante multitud de puestos de trabajo que, por cierto, cotizan a la Seguridad Social y no son opacos al fisco.

En el momento actual estamos en un punto, probablemente de no retorno, si no se toman las medidas adecuadas. Y, mientras en España se pone en cuestión a quienes no permiten el pago digital, las sanciones a quienes no aceptan el cobro en efectivo no son nada ejemplarizantes, como lo son, por ejemplo, en Florida donde las infracciones por lo permitir este tipo de pagos van de 1.500 a 10.000 dólares.

Si la educación financiero-fiscal no surte los efectos deseados, la disminución de la factura fiscal conjugada con unas sanciones cuantitativamente importantes, hacen que los contribuyentes se conviertan en adversos al fraude y colaboren con las cargas fiscales, por convicción o por coerción.

En definitiva, la experiencia demuestra que Laffer “existe” y que una significativa reducción de la presión fiscal es el mejor incentivo a la desaparición del fraude.

María Crespo Garrido

Profesora Titular de Hacienda Pública. Universidad de Alcalá.

Fuente: Razón